• Se seсalan de las 09:30 horas a las 14:00 horas de los dнas lunes, martes y miércoles, para dar la atención correspondiente en la respectiva oficina del Espacio de Contacto Ciudadano ubicado en Av. Ejército Nacional número 223, Colonia Anáhuac, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Cуdigo Postal 11320, en la Ciudad de México (entrada por Lago Xochimilco), para efecto de todos los trámites a cargo de la Dirección General de Vida Silvestre (Noveno-V); 
 
• De las 09:00 horas a las 18:00 horas de lunes a viernes la PROFEPA dará la atención correspondiente en las oficinas ubicadas en Carretera Picacho Ajusco Número 200, Colonia Jardines en la Montaсa, Alcaldнa Tlalpan, Cуdigo Postal 14210, en la Ciudad de México, asн como en las oficinas de sus Delegaciones en las entidades federativas, para todos los trámites y procedimientos administrativos su cargo. 
 
•  La PROFEPA y sus Subprocuradurías de Auditoría Ambiental, Inspección Industrial, Recursos Naturales y Jurídica, asн como las Delegaciones de este órgano Desconcentrado, en las entidades federativas que se encuentren en semáforo amarillo o verde de conformidad con el Semáforo Epidemiolуgico establecido por el Gobierno Federal que se publica en la página coronavirus.gob.mx/semáforo/, reanudarán todos los plazos y términos legales para efectos de los trámites, procedimientos y servicios a su cargo (Noveno-XI). 

 
•  Todas las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones que se hubiesen realizado ante las Delegaciones de la PROFEPA en entidades federativas que se encuentren en semáforo amarillo y verde, en alguno de los días considerados como inhábiles derivado del “Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general las medidas que se establecen para coadyuvar en la disminución de la propagación del coronavirus COVID-19, así como los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la SEMARNAT y sus órganos administrativos desconcentrados, con las excepciones que en el mismo se indican” publicado en el DOF el 25 de enero de 2021, surtirá efectos a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del presente instrumento, en términos del artнculo 29 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (Noveno-XI). 

 
•  Las oficinas de la PROFEPA en la Ciudad de México y sus Delegaciones que se encuentren en entidades con semáforo amarillo reanudarán todas sus funciones (Noveno-XI). 
•  Permanecerán en funcionamiento los sistemas electrуnicos correspondientes a aquellos trámites cuyo canal de atención sea éste, conforme su respectiva ficha inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, pudiendo optar los usuarios de los mismos por una u otra modalidad de presentación (Noveno-XII). 

 
Vigencia: 

• El presente Acuerdo prevé entrar en vigor a partir del día 03 de mayo de 2021 y hasta en tanto se determina la normalización de las actividades de la Administración Pública Federal, mediante Acuerdo que se publique en el DOF.